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miércoles, noviembre 18, 2015

#COLUSION Cárcel efectiva para la colusión es discutida por la Sala

Cárcel efectiva para la colusión es discutida por la Sala
Los parlamentarios manifestaron su interés de refundir tres mociones que han sido trabajadas por las comisiones de Constitución y Economía, con un mensaje que viene de la Cámara Baja, que pretende fortalecer la defensa de la libre competencia.
Publicado el: 17/11/2015

Imagen foto_00000005Mediante tres proyectos en tabla, los congresistas presentes en la Sesión Ordinaria debatieron acerca de necesidad de sancionar con cárcel efectiva a aquellas personas que se coluden, considerando que las multas afectan a personas jurídicas y no naturales.

 

En primer lugar, por unanimidad –35 votos-, la Sala aprobó el articulado del proyecto que sanciona penalmente la colusión (Boletín N° 6454-07), texto que fue estudiado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. En este caso, la Cámara Baja deberá estudiar la propuesta dando lugar a su segundo trámite.

 

Luego, se despachó con 18 votos a favor la norma que impone penas privativas de libertad a conductas constitutivas del delito de colusión (Boletín N° 9028-03). La propuesta fue revisada por los integrantes de la Comisión de Economía.

 

Finalmente, se abrió la discusión del texto que modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del Ministerio de Economía en lo relativo al delito de colusión (Boletín N° 10.366-03) También esta iniciativa fue visada en general por la Comisión de Economía.

 

Los legisladores manifestaron su interés de refundir estas mociones con el mensaje que viene de la Cámara Baja (ver nota relacionada "En que van las iniciativas que sancionan la colusión"). Esta norma que fija normas que fortalecen la defensa de la libre competencia (Boletín N° 9950-03) será analizada en los próximos días, por las comisiones de Constitución, Economía y Hacienda, en su caso.

 

PROYECTO DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN

 

El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Alberto Espina, José García y Antonio Horvath y de los ex senadores Carlos Cantero y Andrés Chadwick, tiene por objeto reponer una sanción penal respecto de quienes se coludan para infringir las normas que resguardan la libre competencia, que fuera eliminada con motivo de la dictación de la ley que creó el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

 

Contenido del proyecto:

 

- Sanciona con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (de 3 años y un día a 10 años) al que celebre, ejecute u ordene celebrar acuerdos con uno o más de sus competidores, con la finalidad de fijar precios de venta o de compra de bienes o servicios en uno o más mercados; limitar su producción o provisión; dividir, asignar o repartir zonas o cuotas de mercado o afectar el resultado de licitaciones realizadas por empresas públicas, privadas prestadoras de servicios públicos, y órganos públicos.
- Dispone que el tribunal determinará la sanción aplicable en atención al número y entidad de circunstancias atenuantes y agravantes, y a la mayor o menor extensión del mal producido por el delito, sin que la sanción definitiva pueda ser inferior o superior a la señalada por la ley al delito.
- Establece que de proceder la aplicación de una pena sustitutiva, ésta quedará en suspenso por un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad con la que fuere sancionado.
- Beneficia con la rebaja en un grado de la pena que corresponda, al acusado que haya cooperado sustancialmente con la investigación. El que aporte a la Fiscalía Nacional Económica antecedentes que conduzcan a la acreditación de las conductas de colusión señaladas y a la determinación de sus responsables, quedará exento de responsabilidad penal por estos hechos. (Delación compensada)
- Dispone que las investigaciones de los hechos constitutivos de colusión, sólo podrán ser iniciadas por el Ministerio Público previa denuncia o querella de la Fiscalía Nacional Económica, lo que no inhibirá al Tribunal de Defensa la Libre Competencia para conocer o continuar conociendo y fallar las situaciones que sean de su competencia.
- Sustituye la fórmula de determinación de la multa que se podrá aplicar en la sentencia definitiva, pasando de una suma fija expresada en UTA (hasta 30.000), a una cantidad equivalente de hasta dos veces el beneficio económico obtenido por el infractor, cuando aquel pueda ser determinado por el Tribunal. En caso contrario, ella corresponderá al 30% de las ventas del infractor en el período durante el cual haya perdurado su conducta ilícita.
- Impone otras penas accesorias a quienes incurran en estas conductas de colusión, como las de inhabilidades para ejercer cargos de director, gerente o administrador de una sociedad que realice actividades comerciales; o la prohibición de contratar a cualquier título con órganos o empresas públicas.
- Regula la acción de indemnización de perjuicios a que haya lugar, con motivo de la dictación por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de una sentencia definitiva ejecutoriada.

 

EL DEBATE

 

Imagen foto_00000004Durante la discusión hicieron uso de la palabra los senadores Alfonso De Urresti,José García RuminotAlberto EspinaEugenio TumaRabindranath QuinterosIván Moreira,Carolina GoicPedro ArayaHernán Larraín,Felipe HarboeJacqueline Van Rysselberghe,Guido GirardiAlejandro NavarroLily Pérez San Martín y Ricardo Lagos Weber. Al término de la votación intervino el Ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes.

 

DE URRESTI

"En la Comisión de Constitución hemos hecho un exhaustivo estudio del proyecto realizando diversas sesiones. Los coludidos son personas educadas que se burlan de la legislación, por lo que queremos llevar a efecto una dura persecución penal. Los cambios que realizamos son varios, por ejemplo, respecto a las multas y el cumplimiento de cárcel efectiva".

 

GARCÍA RUMINOT

"Este proyecto lo que se hace es subir la penalización a los actos que impiden la libre competencia, lo que generan graves daños a los consumidores, sobre todo cuando se trata de productos de primera necesidad. Este proyecto no solo establece la pena de cárcel, sino también la inhabilidad de ser administrador de una sociedad mercantil".

 

ESPINA

"Hemos hecho un trabajo profesional de fondo con el apoyo de la fiscalía y las universidades. El acto de colusión es uno donde se defrauda la fe pública, es gravísimo. Se establece una sanción con pena de 3 años y un día, a 10 años, pero la gracia es que acá el juez deberá moverse solo en el rango de la pena, y en el caso de existir medidas alternativas, el coludido debe cumplir a lo menos un año de prisión".

 

TUMA

"Cuando se priva a una persona de elegir considerando el precio de un producto, estamos frente a un acto de crueldad. Es un atentado contra los consumidores más vulnerables. Existe la sensación que en estos delitos de cuello y corbata, nadie va a la cárcel. Vamos a seguir trabajando en las otras iniciativas que estamos discutiendo, y esperamos sirvan de insumo al proyecto del Gobierno que es más integral".

 

QUINTEROS

"Es grave lo que ha ocurrido en el mercado de las farmacias, los pollos y el papel. Los más pobres son los más afectados. Los fondos de pensiones han caído a raíz de esto, mientras que los ejecutivos coludidos han mantenido sus ganancias bursátiles. No quiero más impunidad en mi país, apoyo la agenda corta que la combate. El proyecto del Gobierno es el que otorga una respuesta más completa".

 

MOREIRA

"La libre competencia es el pilar esencial del sistema de libre mercado, de allí que la colusión sea el acto más dañino. Es necesario establecer mecanismos de disuasión para evitar que el mercado se destruya de esta manera. Se incorpora acá la posibilidad de criminalizar este delito. Este proyecto fue trabajado con la mesura necesaria porque no nació al calor de la contingencia".

 

GOIC

"Quiero recordar que hace años presentamos el primer proyecto que sancionaba esta práctica. Se trataba del primer cartel que se desbarató y que afectó a los precios de los medicamentos. Tenemos tres cadenas que controlan este mercado. Queremos tener penas acordes a la falta y que nos permitan devolver la confianza que han perdido los consumidores".

 

ARAYA

"Esto de conductas mucho más frecuentes de lo que creemos. Para las empresas existe una falta de incentivos para actuar correctamente. Hay facilidad para concentrarse y generar carteles. Hace años se eliminó la pena de cárcel, que hoy buscamos reponer. Se creía que las meras multas eran suficientes, pero la realidad nos ha demostrado que no".

 

LARRAÍN

"No existen los mercados perfectos y estos están expuestos a errores y manipulaciones. La libre competencia garantiza que los mercados operen y acá queremos resguardar este principio. Cuando éste es dañado, es el consumidor el que paga los costos. La primera ley fue la del presidente Alessandri. De ahí en adelante han surgido otras propuestas que responden a distintas maneras de atacar este delito".

 

HARBOE

"La correcta intervención del Estado en la libre competencia, es necesaria y justa. Hay casos, como el de la colusión, donde es necesario el combate a las malas prácticas. El Estado debe dar una respuesta estable y concreta que partió con la creación del Tribunal de la Defensa de la Libre Competencia y la Fiscalía Nacional Económica".

 

VAN RYSSELBERGHE

"Siempre debe haber transparencia y un mercado regulado. Se está castigando con cárcel y aumentando las multas para quienes buscar terminar con la competencia. Creo en un sistema de libertades donde los pequeños tengan derecho a crecer. Ver por televisión que las grandes empresas que se coluden y participan en la delación compensada, no tienen ningún tipo de sanción, los que no somos abogados, no lo entendemos".

 

GIRARDI

"Las farmacias debieron reconocer que eran responsables de colusión. Hay 15 ejecutivos formalizados por esto. Tal vez lo peor que se puede hacer en esta materia es jugar con los precios de productos tan básicos como los medicamentos. Hoy las multas las pagan las empresas, pero debe haber un desincentivo para quien se colude, y eso se hace estableciendo una sanción penal".

 

NAVARRO

"La FNE no tiene capacidad jurídica porque tienen pocos abogados. El propio fiscal nacional reconoce que es una institución pequeña y es casi imposible perseguir carteles con efectividad. La autoridad reconoció que en Estados Unidos, los ejecutivos medios son los que caen en la cárcel. Espero que acá esto sea distinto y se encarcele al dueño de la empresa implicada".

 

PÉREZ SAN MARTÍN

"La colusión es un insulto para quienes creemos en la libertad económica. Reconozco que el proyecto del Ejecutivo resume bastante bien lo que hemos trabajado, pensando en la sanciones. A mí me llama la atención el tema de las marcas axiomáticas. ¿Por qué no sancionar a los coludidos con la pérdida de la marca? Creo que debemos estudiar medidas que desalienten los monopolios".

 

LAGOS WEBER

"En la economía de mercado se busca incrementar el capital. Para que eso funcione bien, se requiere espacio para que las personas se desarrollen, pero no significa que el Estado no cumpla el rol que le corresponde que es regular. Este es el proyecto más completo, incluso mejor que una de las mociones que presenté y está en tabla hoy".

 

PROYECTOS DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA

 

ABREN PLAZO DE INDICACIONES

 

Asimismo, la Sala aprobó en general la moción, en primer trámite constitucional, que modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto definitivo, refundido y sistematizado del decreto ley N° 211, para imponer penas privativas de libertad a conductas constitutivas del delito de colusión.

 

Para el texto legal se fijó plazo de indicaciones hasta el día lunes 30 de noviembre a las 12:00 horas y cabe recordar que fue presentado por los senadores Eugenio Tuma, Guido Girardi, Ricardo Lagos y Jaime Quintana.

 

Contenido del proyecto:
- Sanciona con pena de presidio menor en cualquiera de sus grados (de 61 días a 5 años) y una multa a beneficio fiscal de hasta 30.000 UTA ($ 1.611.936.000) a quienes ejecuten o hubieren ordenado la ejecución de actos de colusión que afecte la libre competencia respecto de bienes o servicios de primera necesidad.
- La colusión sancionada deberá consistir en acuerdos expresos o tácitos celebrados entre agentes económicos, o prácticas concertadas entre ellos, mediante los cuales se fijen precios de venta o de compra de bienes o servicios de primera necesidad, se limite su producción o se asignen zonas o cuotas de mercado.
- Si la colusión fuere realizada por empresas, a través de sus gerentes, mandatarios, trabajadores o asesores, sin perjuicio de castigar a los autores, cómplices o encubridores, tal empresa será sancionada con su disolución por el sólo ministerio de la ley, tan pronto se encuentre ejecutoriada la sentencia condenatoria.
- Se entenderán cometidas en Chile las conductas de colusión realizadas mediante un sistema de telecomunicaciones al que se tenga acceso desde el territorio nacional, aun cuando se hubieren iniciado en el extranjero.

 

El senador Tuma explicó que la norma comprarte el espíritu del primer proyecto aprobado y "esperamos reponer las penas de prisión para quienes se coluden y quienes actúan en contra, no solo de los consumidores, sino que de los competidores (…). Cuando hay dictamen de colusión queremos que automáticamente se den las condiciones de presentarse una demanda colectiva para reparación del daño a los consumidores".

 

En otro orden si bien valoró la iniciativa y anunció su voto a favor, el senador Chahuán solicitó que los miembros de la Comisión de Economía revisen los proyectos y los fusionen si coinciden. "Hay proyectos presentados con mucha antelación y son solo algunos los que tienen trámite; se debe aplicar generosidad. Quiero preguntar qué pasó con el proyecto, de iguales características, que yo presenté 6 meses antes, pero no tuvo suerte de ser discutido".

 

En tanto, el senador Larraín compartió los lineamientos generales de la norma, "pero, sin embargo, leyéndolo es fácil advertir que se debe tener una mirada más detenida, para ver el tipo penal, para dar mayores precisiones y tener en cuenta el problema de la multa fijas, porque en algunos casos pueden ser insuficientes y podría ser un buen negocio en algunos casos para las empresas; además es importante ver la relación entre la Fiscalía Nacional Económica y el Ministerio Público".

 

VOTACIÓN PENDIENTE

 

Por último, la Cámara Alta se abocó a analizar en general la moción de los senadores Ossandón y Tuma, que -igualmente- tiene por objeto introducir diversas modificaciones al ilícito de la colusión, incorporando penas privativas de libertad y aumentando las multas.

 

No obstante, la votación de la iniciativa legal quedó pendiente, pero se aclaró que busca, entre otros, consagrar penas privativas de libertad para los involucrados en el ilícito de la colusión, con cumplimiento efectivo de la condena.

 

Contenido del proyecto:

 

- Consagra penas privativas de libertad para los involucrados en el ilícito de la colusión, con cumplimiento efectivo de la condena. De esta forma, a los directores, administradores y a toda persona que haya intervenido en la realización del acto respectivo, en cualquier grado de participación, se les aplicarán las penas de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (3 años y un día a 10 años).
- Establece una agravante especial cuando los efectos de la colusión recaigan sobre determinado tipo de bienes de primera necesidad o servicios básicos, aumentando la pena en un grado, si la colusión recae sobre alimentos, prestaciones de salud, medicamentos, servicios educacionales y unidades habitacionales.
- Modifica la multa establecida para este ilícito cuyo máximo actual es de 30.000 UTA ($ 1.611.936.000), fijándola en el doble del beneficio económico obtenido como resultado de la colusión.
- Establece una eximente de responsabilidad penal especial, referida a la persona partícipe de una colusión que proporcione a la Fiscalía Nacional Económica antecedentes que conduzcan a la acreditación de la conducta colusiva y a la determinación de los responsables (delación compensada).
- Modifica las normas sobre competencia de los Tribunales en el Código Orgánico de Tribunales, en relación con las penas privativas de libertad que se establecen.

 

Durante el debate el senador Tuma aclaró que la norma plantea que "los atenuantes no sean considerados por el juez, abriendo una gran posibilidad para que la sociedad vea que en estos delitos tan graves habrá verdaderas sanciones".

 

Luego, el senador Moreira recordó que en variadas oportunidades ha manifestado públicamente su apoyo a estas iniciativas "y votaré a favor, independiente que se puedan fusionar o presentar indicaciones; sin embargo, quiero expresar algunas aprensiones, como que este proyecto se generó a días de denunciado el escándalo". A juicio del parlamentario, sería conveniente refundir los proyectos para mejorar su tramitación.

 

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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