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La actividad agropecuaria es la actividad productiva más antigua de la humanidad; este simple hecho implica que es el sector que ha experimentado el mayor número de políticas públicas.

jueves, octubre 09, 2014

Sernac Fiscalizará Industrias De Alto Riesgo Para Consumidores

Sernac Fiscalizará Industrias De Alto Riesgo Para Consumidores


Una de las indicaciones del gobierno al proyecto de ley que reforma al Servicio liderado por Ernesto Muñoz, radica en que la entidad podrá elaborar un plan de investigación donde priorizará los sectores más peligrosos para los derechos de las personas.

Una serie de nuevas indicaciones presentó el gobierno al proceso legislativo que reformará al Sernac. Una de ellas, tiene que ver con que la entidad podrá efectuar sus actividades de fiscalización en conformidad a un plan que ésta elaborará priorizando industrias que involucren un mayor nivel de riesgo para los derechos de los consumidores.

En tanto, para la aplicación de las multas, así como de las medidas que se adopten para corregir la infracción cometida, el Sernac o el tribunal deberán considerar especialmente la cuantía de lo disputado, los parámetros objetivos que definan el deber de profesionalidad del proveedor, el grado de asimetría de información existente entre el infractor y la víctima, el beneficio económico obtenido, la gravedad del daño causado, la cantidad de prácticas cometidas, el riesgo a que quedó expuesto el consumidor, la calidad de reincidente, su situación económica, su pertenencia a alguna de las categorías a las que se refiere el inciso segundo del Artículo Segundo de la ley N° 20.416 y la colaboración que haya prestado antes o durante la fiscalización o investigación o en el transcurso del procedimiento judicial.

Adicionalmente, tratándose de infracciones que afecten el interés colectivo o difuso de los consumidores, el tribunal graduará las multas de acuerdo al número de afectados pudiendo aplicar una sanción por cada uno de ellos, tomando en consideración la naturaleza de la práctica.

Asimismo, cuando el Sernac dicte instrucciones de carácter general en el ejercicio de las atribuciones que le confiere esta ley, la normativa que emane será obligatoria y deberá ser sistematizada de tal forma de facilitar el acceso y conocimiento de la misma al público en general. Esta atribución será ejercida de forma exclusiva por el Director Nacional del Servicio.

Al ejercer esta facultad, el Director Nacional del Sernac deberá solicitar el pronunciamiento previo de un Consejo Técnico que evaluará la propuesta de normas e instrucciones, el cual estará integrado por tres miembros, expertos en materia de protección de los derechos de los consumidores, designados por el Presidente de la República a través del procedimiento de selección de Altos Directivos Públicos previsto en el Título VI de la ley N° 19.882. 

En caso que la unanimidad de los miembros del Consejo considere que la propuesta de normas e instrucciones resulta manifiestamente ilegal, se lo representará así por escrito al Director Nacional del Sernac. También podrá utilizarse el mecanismo de consulta pública en el proceso. 

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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