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La actividad agropecuaria es la actividad productiva más antigua de la humanidad; este simple hecho implica que es el sector que ha experimentado el mayor número de políticas públicas.

jueves, mayo 18, 2006

DEL ARTE DE HACER REGALOS

DEL ARTE DE HACER REGALOS

Luego de trabajar 30 años en la Industria del Regalo publicitario y de los artículos de promoción no puedo menos que concordar con este post.

The Art of Gift Giving: A 10 Step Program ofrece eso, diez pasos para disfrutar más y mejor del arte de regalar:

1. Regala porque quieres y no porque estés obligado a hacerlo
2. Toma notas
3. Celebra las pequeñas cosas
4. Exprésate a ti mismo, expresa al receptor y expresa vuestra relación
5. Regala algo que jamás se compraría
6. Ten en cuanta la situación
7. Presenta bien el regalo
8. Incluye una nota manuscrita
9. Envía el regalo a tiempo
10. Busca la inspiración en todas partes.

Pues eso, a regalar más, que está bien.

Para regalar bien llámen a Sylvia Weiss, en Empresas RG, Empresas Asociadas y Otromundo, que los atenderán a usted  Y  empresas preferentemente, F. 2166401 Santiago Chile otromundo@tie.cl

Saludos Rodrigo González Fernández, regalospub.blogspot.com; consultajuridica.blogspot.com

 

CARACTER Y FUNCION DEL OMBUDSMAN EN DERECHO COMPARADO

¿CUAL ES EL CARACTER Y FUNCIÓNDEL DEFENSOR DEL PUEBLO EN DERECHO COMPARADO?

¿Cuál es el carácter y la función del ombudsman?

Pese a todas las diferencias estructurales de los sistemas constitucionales y legales, las diferentes formas de defensores del pueblo muestran un mínimo de afinidad en cuanto a su carácter. Más en cuanto a las funciones, menos en cuanto a la organización y el establecimiento. Rasgos típicos son, sobre todo, la independencia del ombudsman, así como su incapacidad para ejercer el poder ejecutivo. Es característico también el hecho de que no sustituya a las instituciones de defensa legal existentes como instancia introadministrativa o legal, sino que las complementa.

Entre las obligaciones fundamentales del defensor del pueblo está la protección de la legalidad y la calidad de la administración, sobre todo en ámbitos arbitrarios y donde no ataña al derecho en su sentido principal, sino a intereses de la actitud administrativa. Es además un instrumento para fortalecer al parlamento frente a la administración.

Finalmente, la función mediadora del ombudsman adquiere cada vez más una posición central, tanto más cuanto la cada vez mayor complejidad de la administración hace aumentar su incomprensión por parte del ciudadano. Porque, por un lado, el ombudsman en todos los ámbitos está al servicio de la protección de los derechos e intereses del pueblo frente a la administración como órgano del poder estatal y, por el otro, porque el ombudsman puede facilitarle al ciudadano un modo de conducta necesario y correcto frente a la administración, explicar y crear confìanza entre ciudadano y administración. Una función por la que el ombudsman representa al estado en el camino desde una administración de los asuntos públicos autoritaria hacia otra democràtica.

El ombudsman puede desarrollar su función de mediador sobre todo en relación con las minorías porque éstas están caracterizadas a menudo por una desconfianza frente al estado y sus instituciones administrativas frecuentemente justifìcada. Por tanto, la creación de ombudsman regionales adquiere una importancia primordial. En este caso, el ombudsman tiene que actuar con cuidado, sobre todo cuando trata con minorías, para no ser considerado parte del poco querido aparato de poder estatal. Un peligro que no hace mas que subrayar la importancia de la independencia.

Ombudsman: Saludos Rodrigo González Fernández, defensorppueblo.blogspot.com;consultajuridica.blogspot.com

 

ENERGIAS ALTERNATIVAS

Senador Jaime Orpis:

Las energías alternativas, los biocombustibles renovables: al estudiar el derecho comparado de diversos países podemos ver que Francia, Italia, Alemania, España  Estados Unidos, y últimamente Argentina, tienen una legislación de promoción de energías renovables y con ello traen de inmediato las inversiones en tecnologías y en emprendimientos en este sector.

Chile al no tener petróleo, al no disponer de una cobertura asegurada en materia de energía, deberría tener una normativa de esta especie . Los biocombustibles renovables vienen a contribuir a la disponibilidad de energías, a la agricultura con un tremendo aporte de nuevas siembras( raps) , a la contaminación, a los aspectos geopoliticos, etc.

Hemos abieto un blog : biocombustibles.blogspot.com, a fin de contribuir a la difusión, información y al mayor conocimiento de las energías alternativas y en especial a los biocombustibles renovables que creemos son una verdadera y eficaz solución al problema energético Chileno.

Cuando ud. lo requiera podemos aportarles mayores antecedentes.

Saluda atentamente a Ud

Rodrigo Gonzalez Fernández

biocombustibles.blogspot.co

consultajuridica.blogspot.com

 

ENERGIAS ALTERNATIVAS

Energías alternativas aún no tienen reglamento que asegure su competitividad en las licitaciones

Así lo afirmó el senador Jaime Orpis, presidente de la comisión de Minería quien pidió a la Comisión Nacional de Energía (CNE) un pronunciamiento sobre la tardanza en la dictación de este reglamento que impide el adecuado desarrollo de proyectos de energías no convencionales

Un pronunciamiento a la Comisión Nacional de Energía (CNE) para que explique la tardanza en la dictación del reglamento respectivo de la Ley Corta Eléctrica que fomenta la producción de las energías no convencionales pidió el senador Jaime Orpis, presidente de la comisión de Minería que analizó los inconvenientes que enfrentan en el mercado, las energías alternativas.

La instancia escuchó la exposición de los representantes de la  empresa “Acciona Energía S.A” que está desarrollando un proyecto piloto de producción de energía eólica en la III región y que tiene inversiones en Estados Unidos y Europa.

El senador Orpis expresó que “el éxito para la implantación de energías no convencionales depende de una normativa estable, pero también de un sistema de licitación más equitativo que considere exclusivamente las energías no convencionales y de un sistema de sanciones para las distribuidoras que no cumplan con compra de la cuota del 5% de energías alternativas”. 

Por estas razones, no descartó “una modificación legal que permita efectuar una licitación especial en cuanto a ese 5% de la cuota de energías alternativas, para que las empresas compitan en igualdad de condiciones y penalizar eventualmente a las distribuidoras que no compren esa capacidad”.

El parlamentario sostuvo que “dado el volumen que tienen las energías alternativas y la estructura de la actual ley, ellos nos informaron que este tipo de energías no son competitivas en las licitaciones respecto a las convencionales”.

Agregó que “tampoco existen sanciones para las distribuidoras que no compran las energías convencionales, y por lo tanto, no existe una obligación para adquirir un porcentaje de energía no convencional para su matriz energética".

Desde el Senado, saluda atentamente , Rodrigo González Fernández, biocombustibles.blogspot.com

PROYECTO DE SUBCONTRATACIÓN VA....

Valparaíso | 17/05/2006 | Departamento de Prensa  del Senado |

Senadores aprueban proyecto que regula subcontratación tras lograr acuerdo de último minuto con el gobierno

La voluntad de los senadores de todos los sectores políticos, que alcanzaron un acuerdo con el gobierno para perfeccionar, vía veto presidencial seis aspectos conflictivos de la iniciativa, permitió que el Senado aprobara y despachara el proyecto que regula la subcontratación y el suministro de servicios transitorios, por lo que la iniciativa quedó en condiciones de convertirse en ley de la República. En términos generales, el protocolo de acuerdo de seis puntos, considera precisar el concepto de subcontratación; precisar la responsabilidad solidaria del mandante; rebajar las garantías exigidas a las empresas de servicios transitorios, establecidas en el proyecto en 500 UF, y rebajar las multas y la consignación para que las empresas puedan reclamar frente a resoluciones de la Dirección del Trabajo, entre otros.

Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com