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La actividad agropecuaria es la actividad productiva más antigua de la humanidad; este simple hecho implica que es el sector que ha experimentado el mayor número de políticas públicas.

jueves, marzo 27, 2014

#agua Implicancias del estatus constitucional para el agua

Implicancias del estatus constitucional para el agua

Publicado el 27 de marzo del 2014
Sustentare

Para disponer del recurso se recomienda que en el país se impulsen soluciones creadas por alianzas y acuerdos público-privados, así como investigaciones y desarrollos tecnológicos.

Considerar el agua como un bien nacional de uso público a nivel constitucional es una de las medidas que buscará implementar la Presidenta Michelle Bachelet en su periodo 2014-2018. ¿Qué significa esto en la práctica?  El Estado tendrá instrumentos frente a razones de interés nacional y de protección para el consumo de las personas, para priorizar dicho uso por sobre otros como el productivo, escénicos o recreacionales.

La propuesta no es nueva. De hecho, en diciembre de 2009 Bachelet presentó en el Parlamento una reforma constitucional que otorgaba dicho estatus al agua, y que fue aprobada por las comisiones de Recursos Naturales y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento; sin embargo las nuevas autoridades le quitaron el carácter de urgencia.

Sergio Bitar, entonces ministro de Obras Públicas y quien encabezó este trabajo, explica que en esa oportunidad se planteó que a través de una ley calificada, y debido a razones de interés nacional, los derechos de agua puedan caducarse y que frente a ello exista alguna forma de compensación. “Se trataría de situaciones muy excepcionales, ya que hay que resguardar los derechos de consumo de las personas. Lo que ocurre hoy es que existe una sola atribución que permite al ministro de Obras Públicas proceder a la distribución de agua en condiciones de emergencia en un plazo limitado”, sostiene.

El problema es que el agua posee distintas funciones y una de las preguntas es cómo balancear los distintos tipos de usos y prioridades, situación que no es precisada en el actual Código de Aguas. Rodrigo Weisner, abogado de Puga Ortiz y ex director de la Dirección General de Aguas (DGA) en el periodo anterior de Bachelet, indica que bajo está lógica “todos los usos son igual de importantes y, por lo tanto, el que primero llegó es el que primero agarró, el que tiene más derechos y, producto de ello, mayores oportunidades de salvarse de una sequía”.

Añade que el diagnóstico que existió en el tiempo en que se presentó la reforma constitucional era que no daba lo mismo otorgar nivel constitucional al agua, “porque a lo menos equiparaba las cosas, situando el carácter de bien nacional de uso público en el mismo rango del derecho de propiedad. La idea es que lo pongamos al mismo nivel”, menciona.

Con todo, el Consejo Minero opina que es importante saber cuál es el sentido de esta propuesta, ya que hasta ahora no se ha explicado por el círculo cercano de Bachelet. Por otra parte, observa Joaquín Villarino, presidente ejecutivo de la asociación, observa que el nuevo Gobierno considera dar carácter de bien nacional de uso público a los glaciares, una modificación que tiene consecuencias jurídicas y prácticas que ameritan un estudio y análisis detenido de la medida.

Para sectores sociales esta medida es observada con buenos ojos, ya que el cambio de estatus del recurso hídrico a nivel constitucional puede implicar su definición como un derecho humano, es decir, el derecho al agua. Francisca Rivero, directora programática de Avina, cuenta que los dirigentes que están vinculados a la Federación Nacional del Agua Rural se encuentran trabajando en el Parlamento sobre el Código de Aguas, para que efectivamente el reconocimiento del uso de este recurso como un derecho humano sea también considerado no solo en la declaración sino en la práctica y en cómo se aplica un derecho de agua cuando es para uso humano.

¿Qué pasaría en el sector productivo?

Para Sergio Bitar la medida propuesta no tiene implicancia mayor alguna, salvo colocar los intereses del Estado y de la sociedad por sobre los individuales, y que se corrijan las distorsiones del mercado que llevan a la gente a especular con el agua, cuando la sociedad necesita por razones de consumo, desarrollo económico y de equilibrio ecológico, hacer una distribución distinta. “Si el agua es un bien nacional de uso público a nivel constitucional lo que prevalece es el sentido del conjunto de la colectividad y no solo los intereses de algunas personas que especulan con eso”, señala.

Lo que sugiere el ex ministro es que se debe estudiar y determinar los niveles actuales de los acuíferos y, de acuerdo con ello, nivelar los derechos otorgados. “No puedes mantener una situación enteramente fácil que se presta para todo tipo de abusos; el más poderoso podría estar usando agua del más débil o puedes estar secando cuencas enteras”, advierte.

Desde el sector minero plantean que el actual sistema jurídico contempla una facultad extraordinaria en caso de sequía, que habilita a las autoridades competentes para decretar restricciones en el consumo de toda actividad económica o de otra naturaleza, con el objeto de satisfacer el consumo humano. “Por lo tanto, para asegurar el consumo humano, siempre que exista agua obviamente, no es necesario introducir modificaciones legales. La gran minería no es una excepción a esta norma, por lo que podría ver restringido su consumo de agua dulce en el caso mencionado”, plantea Joaquín Villarino.

Frente a la postura de la industria, Bitar dice entender que se genere una preocupación, “ya que a veces existen movimientos ambientales que son bastante radicalizados, y que podrían contraponerse con el desarrollo económico. Pero el futuro muestra la necesidad de equilibrar las dos cosas y, en ese sentido, debe existir un mayor poder regulatorio, eso es una demanda nacional, y hay que ver cómo se precisa”.

Trabajo público y privado

Uno de los grandes “peros” que visualizan los sectores sociales en el proceso de discusión de esta iniciativa es que entren en conflicto los intereses públicos y los privados, pues por un lado se encuentra el interés del bien público, que el Estado debe garantizar, y por el otro está el de los privados que adquirieron derechos de agua para su producción.

Producto de lo anterior, Rodrigo Weisner indica que “hay que sentarse y ver un sistema para que se pueda disponer de mecanismos expeditos que permitan garantizar el consumo humano, y que no esté en juego si el Estado tiene o no el dinero para expropiar o si tiene los instrumentos jurídicos para avanzar en esa línea”.

Bajo este escenario todos los actores recomiendan que en el país se impulsen nuevas soluciones creadas por alianzas y acuerdos público-privados, así como investigaciones y desarrollos tecnológicos que posibiliten disponer de recursos hídricos para los diferentes actores y diversos usos. Entre estas iniciativas figuran, por ejemplo, la creación de nuevos modelos de negocios, el desarrollo de especies genéticamente preparadas para usar menor agua, el proyecto de carretera hídrica o la instalación de plantas desalinizadoras con menor consumo energético.

En esta línea, uno de los proyectos que destaca Sergio Bitar es la planta desalinizadora de CAP, la cual fue impulsada en 2007 cuando dicha minera solicitó derechos de agua y la DGA se percató que no podían ser entregados porque la cuenca del Río Copiapó estaba saturada. “Por lo cual le dije a la compañía que instalara y vendiera agua desalada, decisión que ha tomado un buen curso. Pero esto tiene que extenderse con mayor rapidez, y una de las formas de hacerlo es a través de la ley de concesiones”, declara.

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Fuente:sustentare

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en “Responsabilidad Social Empresarial” de la ONU
Diplomado en “Gestión del Conocimiento” de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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