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La actividad agropecuaria es la actividad productiva más antigua de la humanidad; este simple hecho implica que es el sector que ha experimentado el mayor número de políticas públicas.

sábado, septiembre 22, 2012

Corte Suprema revoca fallo del TDLC y sanciona a cinco operadores turísticos por colusión

OTRO CASO DE IRRESPONSABLIDAD SOCIAL EMPRESARIAL O CORRUPCION EMPRESARIAL
Corte Suprema revoca fallo del TDLC y sanciona a cinco operadores turísticos por colusión


María José Tapia B.

Por segunda vez en menos de un año, la Corte Suprema revoca un fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). A la multa fijada en diciembre contra las firmas de telefonía celular por entorpecer el ingreso de Operadores Móviles Virtuales (OMV), se suma ahora el caso de colusión de cinco agencias de turismo contra la cadena de hoteles Explora.

En un fallo 4 a 1, la Tercera Sala del máximo tribunal acogió un recurso interpuesto por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y la firma hotelera contra la decisión del organismo antimonopolio -que en octubre de 2011 había rechazado la acusación-, y multó a los operadores turísticos por coludirse para exigir un alza en las comisiones que la firma del empresario Pedro Ibáñez pagaba por promocionar sus servicios.

Se trata de Abercrombie & Kent, ADSmundo Turismo, Turismo Cocha, Chilean Travel Services y Turavion Limitada, las que deberán pagar 50 UTA cada una (unos $23,7 millones). Contactadas por "El Mercurio", ninguna de las empresas quiso referirse al fallo.

El dictamen señala que las cinco sancionadas citaron, el 20 de febrero de 2008, a un representante de Explora para plantearle un aumento en las comisiones que cobraban por promocionar sus hoteles. Exigían un alza desde 20 a 25%. De no acceder, los operadores dejarían de comercializar sus servicios, plantea el documento.

Con ese antecedente y una serie de mails , la FNE presentó en 2009 un recurso al TDLC acusando a las agencias antes mencionadas de colusión. Según el organismo, estas firmas representaban entre 2006 y 2009 el 65% del mercado de distribución mayorista de servicios hoteleros de lujo.

En octubre de 2011, el organismo antimonopolio rechazó la acusación. En esa oportunidad, el TDLC aseguró que las cuestionadas representan sólo el 19% de las ventas de Explora, por lo cual no puede estimarse que tengan una posición dominante en la cadena y que tengan la fuerza necesaria para exigir un alza en las comisiones. Puntualizó que tampoco había pruebas fehacientes que permitan verificar que las sancionadas hayan desviado clientes a otros establecimientos para afectar a Explora.

Tras esta resolución, tanto la FNE como la empresa hotelera presentaron recursos de reclamación ante la Suprema. El máximo tribunal acreditó la colusión. "A juicio de estos sentenciadores, se encuentran configurados los elementos (...) de la colusión". La Corte señala que más allá del peso que tengan las compañías en las ventas totales de Explora, se castiga la intención de producir algún efecto contrario a la libre competencia.

"Que como puede advertirse, no hay incongruencia entre el requerimiento realizado por la Fiscalía Nacional Económica y la conducta desplegada por las requeridas, de manera que no es posible que éste sea desestimado", puntualiza.

Vinculados a las empresas sancionadas aseguraron que si bien respetan los fallos de la Suprema, éste es injusto y causa un daño al turismo nacional y a la industria tour-operadora.

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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