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La actividad agropecuaria es la actividad productiva más antigua de la humanidad; este simple hecho implica que es el sector que ha experimentado el mayor número de políticas públicas.

sábado, mayo 13, 2006

atencion empresarios acoso sexual en la empresa, hay que capacitar

CADA DIA SE NOS CONSULTA MÁS POR EL ACOSO SEXUAL EN LA EMPRESA

¿Que es el acoso sexual en la empresa  en doctrina?

Con el abogado PHD Marcelo Montero hemos estructurado unas charlas para las empresas que impartimos  ejecutivos  del sector. Esto es de primerisima importancia hoy para la empresa y los jueces están muy sesibilizados al respecto. Por lo tanto hay que capacitar, hay que informar, hay que enseñar. Más que una cuestión legal es una cuestión de cambio cultura.

 

Según la OIT (ver Acoso sexual - Bibliografía), para que haya acoso sexual deben integrarse tres elementos: un comportamiento de carácter sexual, que no sea deseado y que la víctima lo perciba como un condicionante hostil para su trabajo, convirtiéndolo en algo humillante.
"El acoso sexual es cualquier tipo de acercamiento o presión de naturaleza sexual tanto física como verbal, no deseada por quien la sufre, que surge de la relación de empleo y que da por resultado un ambiente de trabajo hostil, un impedimento para hacer las tareas y/o un condicionamiento de las oportunidades de ocupación de la persona perseguida", define la abogada Carmen González.

Niveles de acoso:
Nivel 1) Acoso leve, verbal: chistes, piropos, conversaciones de contenido sexual.
Nivel 2) Acoso moderado, no verbal y sin contacto físico: Miradas, gestos lascivos, muecas.
Nivel 3) Acoso medio, fuerte verbal: Llamadas telefónicas y/o cartas, presiones para salir o invitaciones con intenciones sexuales.
Nivel 4) Acoso fuerte, con contacto físico: Manoseos, sujetar o acorralar.
Nivel 5) Acoso muy fuerte: Presiones tanto físicas como psíquicas para tener contactos íntimos.
El agresor sabe o debería saber que la persona destinataria de su accionar lo considera ofensivo. Es necesario establecer la diferencia entre sabe o debería saber para poder amparar tanto las situaciones en que la víctima le ha hecho saber su molestia u ofensa al agresor como aquellas en las que éste no ha sido puesto en conocimiento pero que resultan claramente ofensivas o no resultan propias de las relaciones entre trabajadores.

Acoso sexual  en la empresa  : Saludos Rodrigo González Fernández consultajuridica.blogspot.com

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