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La actividad agropecuaria es la actividad productiva más antigua de la humanidad; este simple hecho implica que es el sector que ha experimentado el mayor número de políticas públicas.

viernes, diciembre 28, 2007

CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES (CUT) - CHILE ¿ que dicen los trabajadores?

CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES (CUT) - CHILE

El fraude de la subcontratación: ENAP Bio-Bio

Rebanadas de Realidad - CUT, Concepción, 27/12/07.- Actualmente, con un relativo consenso en las cifras, se calcula que al menos un 17 % de los trabajadores chilenos sufren el fraude de la simulación de contrato de trabajo, esto es la subcontratación ilegal por empresas contratistas, existiendo en los hechos y a todas luces subordinación y dependencias, con empresas mandantes distintas, que burlan con esta practica los derechos laborales de estos trabajadores.

Con la promulgación de la Ley de subcontratación, hace mas de un año, como trabajadores sentimos que se realizaba un esfuerzo para mejorar en parte esta situación ilegal y arbitraria; Sin embargo, y después de un año entrada en vigencia de la ley, vemos que muy poco y nada se ha avanzado en el mejoramiento de esta injusta situación, sistema que en la practica condiciona como trabajo basura , la labor llevada a cabo por trabajadores con apellido contratistas que en realidad no debían ser tales, sino solo trabajadores, esto a la luz de la definición legal del art. 3 del C. Del Trabajo. Porque de eso se trata el problema de la subcontratación, de definiciones, de nada sirve que la ley defina trabajador, cuando el sistema permite burlar una norma legal precisa: el artículo 3 del Código del Trabajo, que señala clara y tajantemente quien debe ser considerado empleador para todos los efectos legales en el orden laboral, mediante la interposición de un tercero, que aparece como empleador, pero que, en rigor y apreciada la realidad, no hace sino encubrir o disimular una realidad, con lo cual se soslaya la norma citada del Código del Trabajo y de todas las restantes que establecen los derechos laborales y de las que dependen de la identidad del empleador y que constituyen el pilar de una relación laboral justa y sana.

Considerando hoy los actuales acontecimientos, con los trabajadores de Codelco y de las mineras privadas, resulta evidente lo insuficiente de la ley de Subcontratación, faltan las definiciones de que hablamos, la ley como si se hace en legislaciones comparadas no define trabajos primarios o básicos , secundarios, servicios de apoyo o subcontratables; y al omitir tales definiciones no hace otra cosa dejar al arbitrario de las partes la Es muy lamentable que este vicio este se este cometiendo cotidianamente en el pero es imperdonable, inaceptable, a nuestro juicio, que en el sector estatal exista esta practica, se denuncie, se fiscalice, se sancione administrativamente con multa a la empresa pública, pero sin embargo esto continué, a vista y paciencia de toda nuestra feble institucionalidad política. Las empresas públicas, como también muchas privadas prefieren pagar las multas que cumplir la ley.

Esta situación se repite en todo Chile, aquí en la Octava Región, ENAP Bio-Bio, a modo de ejemplo máximo, por años a abusado de sus trabajadores contratistas, aquí están presente alguno de estos trabajadores, aquí están las denuncias, las fiscalizaciones y las multas; no están materialmente presente pero también arrastramos una enorme mochila de un sin fin de buenas intenciones, promesas y palabras de aliento de parlamentarios, personeros políticos, organizaciones publicas y privadas que conocen de este fraude; pero que nada han hecho, salvo y cabe especial mención la intervención de la Iglesia, o mejor dicho de uno de sus obispos, es la única ayuda real que como trabajadores hemos tenido.

Emplazamos públicamente; A la Presidenta, al Ministro de Minería, a las autoridades nacionales y regionales, que acabemos con esta practica antijurídica, que aquí en la zona ENAP y otras empresas públicas cometen. Pues el Estado y sus empresas, no solo se infringe la ley laboral, sino también la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, El principio de igualdad y no discriminación que emana de la Constitución Política, pero por sobre todo burla la dignidad de estos y otros muchos trabajadores de este país.

Gentileza de Maria Angélica Jara, encargada del Departamento de la Mujer de la CUT Provincia de Concepción, Chile.
 
Se puede decir cualquier cosa pero lo importante es señalar que la empresa sin capacitar a sus trabajadores en subcontratación  destinada a  generar un cambio cultura eficaz, nada serà posible y perderàn millones de dolares
Saludos
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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