En lo que va de año, una vez resuelta la tercera convocatoria, se han realizado 1.718 inscripciones en el RPR. Se aceptaron 392 solicitudes en la primera, 731 en la segunda y 595 en la tercera. A juicio del Ministerio de Industria, "el elevado número de solicitudes presentadas en las tres convocatorias realizadas al amparo del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, constata que el nuevo marco retributivo es muy atractivo y estable para los promotores empresariales".
El número total de peticiones en la tercera convocatoria se ha elevado a 2.468. De ellas no han sido admitidas 817 por presentarse de forma incorrecta o incompleta, incluso tras el proceso de subsanación de errores, y las 1.056 restantes no han sido inscritas porque aún cumpliendo los requisitos exceden el cupo previsto por el Real Decreto 1578 para el tercer trimestre.
Muchas peticiones para suelo y pocas para tejado
Como sucedió en los dos trimestres anteriores, el mayor número de peticiones se ha registrado para instalaciones en suelo. Han sido 1.418, de las cuales no se han admitido 271, no se han inscrito 1.056 por falta de cupo y han quedado inscritas 91. Este centenar escaso de peticiones suman una potencia de 90,41 MW, es decir exceden los 89,512 MW previstos para la tercera convocatoria. Frente a estas cifras es significativo que los 1.056 proyectos no admitidos suman una potencia de 875 MW, casi el doble de lo previsto por el Ministerio de Industria para todo el año 2009.
El resumen de esta convocatoria muestra que todas las solicitudes que cumplían los requisitos establecidos y no han sido inscritas por falta de cupo corresponden a la categoría de instalaciones en suelo. En los dos apartados de instalaciones sobre cubierta (iguales o menores a 20 kW de potencia y mayores de 20 kW) una vez descontadas las solicitudes incorrectas no se han cubierto los cupos previstos. Para las instalaciones más pequeñas se habían reservado 6,67 MW, de los cuales se han cubierto 2,79 MW. Para las más grandes el tope eran 60,07 MW y solo se ha llegado a 35,60 MW.
La retribución asignada es de 34,00 c/kWh para las instalaciones sobre cubierta de igual o menor potencia a 20 kW, de 32,00 c/kWh para las instalaciones en tejado mayores de 20 kW, y de 29,911 c/kWh para las plantas en suelo. A partir de este momento, los titulares de las instalaciones disponen de doce meses para finalizar su instalación y ponerla en marcha para tener derecho a esta retribución durante un período de 25 años.
Cuarta convocatoria
Los valores de las tarifas de la cuarta convocatoria permanecen inalterables para las peticiones sobre cubierta al no haberse cubierto el 75% del cupo previsto. En cuanto a las instalaciones en suelo la tarifa será de 29,0857 c/kWh. En cuanto a los cupos de potencia se mantienen los mismos para tejado y el de suelo se incrementa en 28,36 MW como resultado de traspasar la potencia no cubierta de los tipos de techo y detraer el exceso de potencia cubierta en suelo de la convocatoria anterior.
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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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