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La actividad agropecuaria es la actividad productiva más antigua de la humanidad; este simple hecho implica que es el sector que ha experimentado el mayor número de políticas públicas.

sábado, agosto 11, 2007

La dura realidad de las temporeras

La dura realidad de las temporeras

categorias: Columna - Sociedad - Nacional

Las empresas que declaran implementar prácticas de RSE interna, en general, sólo lo hacen considerando a los trabajadores/as permanentes. Sin embargo, el 75% de la fuerza laboral femenina en la agroindustria es temporal.

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Escrito por Corresponsales El aMaule

Por: Pamela Caro, investigadora del Centro de Estudios para el Desarrollo de la Mujer -CEDEM- y del Centro de Información del Comportamiento Empresarial -CICE- de Red Puentes Chile.

El programa de reportajes "Contacto" de Canal 13, emitido el martes 24 de julio de 2007, dejó en evidencia las precarias condiciones laborales, de higiene y seguridad en las que trabaja la gran mayoría de los cerca de quinientos mil trabajadores/as temporales que recolectan, ralean y seleccionan frutas y hortalizas en campos y packings del país.

La sociedad nacional, especialmente la citadina, pudo apreciar en rostros y relatos de mujeres, el lado amargo de la cosecha. Principalmente, son historias de mujeres, porque en un contexto de crisis de la sociedad salarial marcada por la flexibilización laboral, se ha producido en Chile a partir de la década de los '70, un proceso creciente de feminización del mercado de trabajo agrícola, que se conserva hasta la actualidad.

Las temporeras – muchas jefas de hogar – son empleadas masivamente por contratistas, productores y empresas de la agroexportación, por sus habilidades en el ejercicio de la tarea, pero también porque han sido más vulnerables al abuso laboral.

En un estudio realizado en el 2005 por el Centro de Estudios para el Desarrollo de la Mujer (CEDEM), se constató la segmentación que existe por sexo en el trabajo asalariado agrícola. Las mujeres aumentan su participación laboral en la fuerza de trabajo más carente de regulación y desprotegida, es decir, en el empleo temporal, pero en especial en el subcontratado.

Se develó mediáticamente las consecuencias y costos sociales que conlleva el modelo de producción agroexportador para las mujeres y sus familias. Por lo pronto, visibilizar la cara humana de esta realidad, nos permitirá como sociedad hacernos cargo de lo que proyectaron las imágenes.

Hace varios años que se ha venido reforzando en Chile la asociación directa entre Buenas Prácticas Agrícolas y Responsabilidad Social Empresarial (RSE). Se ha reiterado que la RSE tiene una dimensión externa y otra interna. La responsabilidad social interna si bien va más allá de cumplir la ley laboral, requiere que este piso mínimo esté resuelto para poder avanzar a un segundo estadio.

La realidad es que las empresas que declaran implementar prácticas de RSE interna, en general, sólo lo hacen considerando a los trabajadores/as permanentes. Sin embargo, el 75% de la fuerza laboral femenina en la agroindustria es temporal, y allí es donde se encuentra el principal núcleo "duro" o zona de incumplimiento legal y ausencia de prácticas de RSE.

Queda planteado el desafío de poner la mirada en toda la cadena productiva. Esta frase tiene distintas implicancias. Para los exportadores de fruta y vino, implica observar y velar por el cumplimiento de las condiciones laborales de todos los trabajadores/as involucrados en los procesos de producción de la empresa, lo que implica no sólo fijar la atención en los empleados/as de planta, permanentes y directos, sino también en los trabajadores/as de los productores proveedores, como también de los/as subcontratados/as.

Desde la perspectiva de la RSE, hay consenso en incorporar como criterios fundamentales de compra el cumplimiento de estándares laborales, previsionales y/o ambientales.

más informacion pincha aquí:

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UOC UC organiza Seminario sobre Biocombustibles en Chile

UOC UC organiza Seminario sobre Biocombustibles en Chile

 

 

Los biocombustibles, tales como el bioetanol, biodiesel y biogas, se producen a partir de materias primas de origen agropecuario, agroindustrial o desechos orgánicos. Usan la biomasa vegetal sirviendo como fuente de energía renovable para los motores. Su uso genera una menor contaminación ambiental y son una alternativa viable al agotamiento de energías fósiles como el gas y el petróleo.

Ésta será la temática central del Seminario Internacional "Biocombustibles: Alternativa Energética Para Chile", que organiza la Escuela de Recursos Naturales de DuocUC, a través de las carreras de Ingeniería de Ejecución en Medio Ambiente e Ingeniería de Ejecución en Agronomía de su sede Antonio Varas.

El encuentro -gratuito y abierto a todo público- se realizará el próximo martes 14 agosto, a partir de las 8:45, donde se hará la inscripción, y se dará la bienvenida al seminario por parte de Alejandro Zamorano, director de sede, y Waldo hudson, director de la escuela de Recursos Naturales, en el Aula Magna de la sede Antonio Varas de DuocUC, (Antonio Varas 666, Providencia), y busca ser una valiosa instancia de discusión sobre la alternativa energética que representan los biocombustibles para Chile y contribuir al debate en torno del futuro energético de nuestro país y la importancia de la diversificación de la matriz energética para sustentar el desarrollo de la nación.

En ese contexto, DuocUC recibe la visita del reconocido experto alemán considerado un referente mundial en el campo de la bionergía: el Dr. Thomas Wilharm, de ASG Analytik-Service Gesellschaft mbH, quien dictará la clase magistral "Bioenergy and Agriculture: Promises and Challenges".

El seminario en DuocUC contará además con las exposiciones de destacados especialistas de la Comisión Nacional de Energía (CNE); Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (ODEPA); Fundación para la Innovación Agraria (FIA) y de DuocUC, quienes darán una mirada al panorama energético en Chile, profundizando en los beneficios, impacto y desafíos de los biocombustibles desde sus distintas visiones profesionales.

La jornada ofrecerá un completo programa de charlas abiertas, iniciándose con el título "Política Energética en Chile" que ofrecerá Marlene Sepúlveda, del Área Hidrocarburos de la Comisión Nacional de Energía (CNE). Posteriormente, Aquiles Neuenschwander, Ingeniero Forestal de la Fundación para la Innovación Agraria (FIA), abordará el tema "Hacia una Política Nacional de Bioenergía". Rebeca Iglesias, de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, ODEPA, se referirá a la "Agricultura y Biocombustibles".

"Biodisel en Chile" será el tema a tratar por Robinson Bettencourt, Ingeniero Mecánico y Magíster en Ingeniería. Por su parte, Alex Berg, director ejecutivo de la Unidad de Desarrollo Tecnológico de la Universidad de Concepción, expondrá sobre los "Biocombustibles Sólidos"; mientras que Mario Moresco y Flavio Pardo, Ingenieros en Medio Ambiente de DuocUC, reflexionarán sobre el "Biodisel a Partir de Aceites Vegetales Usados".

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OMBUSTIBLES: LULA Y SU PASO POR PANAMÁ

Panamá y Brasil acuerdan impulsar los biocombustibles
Terra España - Hace 1 hora
Panamá y Brasil firmaron un convenio para la producción conjunta de biocombustibles, principalmente etanol, durante la visita al país del presidente ...
Lula concluye en Panamá gira propulsada con etanol
Prensa Latina - Hace 1 hora
El Comunicado Conjunto expresa satisfacción por los acuerdos logrados en el área de biocombustibles, lucha contra el hambre y la pobreza, genética bovina, ...
Promesa de inversiones en etanol dejó Lula a su paso por Panamá
Portal Paraguayo de Noticias - hace 3 horas
El mandatario del gigante sudamericano estableció en suelo panameño, su última escala en la región, proyectos para afianzar la producción de biocombustibles ...
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Plástico que sale de los árboles

Plástico que sale de los árboles

Posted: 10 Aug 2007 04:59 AM CDT

Esquema del proceso
Químicos del Pacific Northwest National Laboratory (PNNL), de Estados Unidos han conseguido obtener plástico de los árboles, convirtiendo directamente azúcares comunes en la naturaleza en una fuente alternativa para obtener productos derivados del petróleo. Además el resultado tiene muy pocas impurezas residuales.

Z. Conrad Zhang, líder de la investigación y científico del Institute for Interfacial Catalysis (IIC), dependiente del PNNL, asegura que son los primeros que han conseguido convertir la glucosa directamente en materia prima para obtener combustible y poliéster. Este bloque primario se denomina HMF, y se trata de un producto químico derivado de carbohidratos como la glucosa y la fructosa. El HMF está considerado un candidato prometedor para reemplazar a los compuestos químicos derivados del petróleo.

Uno de los mayores desafíos de la investigación ha sido obtener un nivel de producción comercialmente viable de HMF a partir de la glucosa. Además de las bajas productividades que se lograban hasta el momento, la producción generaba siempre muchos tipos diferentes de subproductos, haciendo muy cara su purificación.

El proceso es barato y no contaminante y tiene una gran proyección, ya que abre un gran abanico de oportunidades.

Vía | E-Renovables
Más información | PNNL
En Genciencia | Plásticos a partir del azúcar

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ALERTA SANITARIA INTERNACIONAL AFIRMA QUE MÁS DE UN MILLON DE SALMONES HAN SIDO ELIMINADOS

 ALERTA SANITARIA INTERNACIONAL AFIRMA QUE MÁS DE UN MILLON DE SALMONES HAN SIDO ELIMINADOS




La Organización Internacional de Epizootías publicó un informe acerca del brote del virus ISA en la industria salmonera que opera en Chile. La información fue proporcionada por el Ministerio de Agricultura.


Chiloé. 10 de agosto de 2007. (Ecoceanos News)— La Organización Internacional de Sanidad Animal (OIE), alertó esta semana a la comunidad global, la aparición del brote del virus ISA en jaulas salmoneras en el sur de Chile e informó que ya más de 1 millón de salmones han sido eliminados como una de las varias medidas para combatir esta enfermedad.

La OIE indicó que el foco infeccioso se ha localizado en la Isla Lemuy, Chiloé, y afecta al salmon Atlantico (Salmo solar). La información a la OIE fue proporcionada por el Ministerio de Agricultura chileno (Minagri) que señaló que se registran 1.933.000 animales susceptibles de ser afectados. De estos, 598.384 estarían enfermos (35%), y 220.000 han muerto a causa de este virus (11%). En tanto los peces de cultivo sacrificados sanitariamente ascienden a 1.064.606.

Desde la aparición del foco en el mes de junio, no se habían conocido cifras oficiales del impacto de esta Anemia Infecciosa.

Según el Minagri, la confirmación del foco se tuvo el pasado 25 de julio, aunque comenzó el 15 de junio.

Según el Departamento de Información Sanitaria de la OIE, la Anemia Infecciosa del Salmón se detectó en Chile en 1999, pero entonces sólo el salmón Coho (Oncorhynchus kisutch) fue la especie infectada.

La OIE informa que las autoridades chilenas han decretado zona en cuarentena a 5 km. navegables alrededor de los centro de cultivo afectados, que se encuentran en vigilancia todos los canales aledaños a la Isla Lemuy y que el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca), investiga otros casos sospechosos en Chiloé.

Además, anuncia que se espera confirmación del diagnóstico de ambos laboratorios de referencia de la OIE para esta enfermedad.

Dentro de las medidas de control ya aplicadas, la OIE informa de la restricción de los movimientos en el interior del país, desinfección de áreas infectadas, seguimiento prospectivo y retrospectivo, vigilancia dentro y fuera de la zona de contención, sacrificio sanitario y zonificación.

La única medida pendiente es el control de vectores, según la OIE. Es decir los esfuerzos deben centrarse en controlar la propagación del piojo de mar Caligus rogercresseyi, ya que –según admitió el propio Sernapesca-, podría actuar como vector del virus y generar un ciclo de transmisión horizontal de esta enfermedad.

33 CENTRO DE CULTIVO AFECTADOS
En tanto hoy el Servicio Nacional de Pesca informó acerca de los 33 centros de cultivo afectados por el virus ISA. Estos centros son:

Centros de cultivo clasificados como Brotes:
- Puchilco (Marine Harvest)
- Cheniao (Marine Harvest)
- Aldachildo (Marine Harvest)
- Cahueldao (Aguas Claras /AquaChile)

Centros en vigilancia Ubicados a 5 Km. De Puchilco
- Yaotal (Marine Harvest)
- Camahue (Marine Harvest)
- Chelín (Marine Harvest)
- 101328 (Holding and Trading S.A.)

Centros en vigilancia Ubicados a 5 Km. de Cheñiao
- Queten (Cultivos Marinos Chiloé)
- Voigue (Cultivos Marinos Chiloé)
- Taucolon (Salmones Antartica)
- Añihue (Cultivos Marinos Chiloe)
- Isla Mechuque (Cultivos Marinos Chiloé)
- Chillidque (Congelados del Pacífico)
- Butachauques (Aguas Claras/AquaChile)


Centros en vigilancia Ubicados a 5 Km deAldachildo
- Chalihue (Invertec)
- Chalihue (Marine Harvest)
- Pureo (Invertec)
- Aguantao (Marine Harvest)
- Rilan (Area 3, Holding and Trading S.A.)
- Rilan (Area 2, Holding and Trading S.A.)
- Rilan (Area 1, Holding and Trading S.A.)
- Lepe (Holding and Trading S.A.)
- Caleta Curahue (Holding and Trading S.A.)
- La Estancia (Salmones Chiloé)
- Cementerio (Holding and Trading S.A.)


Centros en vigilancia Ubicados a 5 Km de Cahueldao
- Detif (Aguas Claras/AquaChile)
- Puerto Haro (Holding and Trading S.A.)
- Lincay (Marine Harvest)
- Teupa (Marine Harvest)
- Teupa (Mainstream)
- Terao (Marine Harvest)
- Punta Terao (Camanchaca)

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Desastre en el agro por ola polar

Desastre en el agro por ola polar
24 Horas - Chile
Pérdidas por US$200 millones, 70 mil animales muertos y cultivos destruidos hasta en un 50% deja la ola polar que afecta la zona centro sur de Chile, ...
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Ecoceanos - Santiago,Chile
La información a la OIE fue proporcionada por el Ministerio de Agricultura chileno (Minagri) que señaló que se registran 1.933.000 animales susceptibles de ...
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Deudores agrícolas de INDAP y de la banca privada deberían contar con similares mecanismos para aliviar crisis por las olas de frío

Deudores agrícolas de INDAP y de la banca privada deberían contar con similares mecanismos para aliviar crisis por las olas de frío

Senado otorgó su respaldo unánime al proyecto de acuerdo que solicita a la Presidenta de la República que implemente diversas medidas para ir en auxilio de los pequeños y medianos agricultores afectados por las inclemencias climáticas

La posibilidad de establecer para los pequeños y medianos agricultores deudores de la banca privada y de INDAP, cláusulas moratorias  para el pago de sus créditos por el plazo de tres años y el congelamiento de sus respectivos intereses, solicitó el Senado, a la Presidenta de la República.

 

Ello, tras aprobar por unanimidad un proyecto de acuerdo presentado por los senadores Carlos Ominami, Nelson Ávila, Juan Antonio Coloma, José García, Roberto Muñoz Barra, Jaime Naranjo, Jorge Pizarro y Sergio Romero mediante el cual solicitan que se declare zona de catástrofe a aquellas regiones en que las heladas invernales han causado mayores perjuicios a la agricultores por la inclemencia climática.

 

Asimismo puntualizaron que "INDAP debería activar subsidios de siniestralidad a favor de los pequeños y medianos agricultores afectados por las olas de frío".

 

Le legisladores patrocinadores del proyecto de acuerdo manifestaron que "las últimas heladas invernales han afectado duramente las condiciones de vida y la integridad física de miles de chilenos, y además han generado gravísimos daños al sector agrícola".

 

Recordaron que más de seis personas perdieron la vida este invierno como consecuencia de las extremas condiciones climáticas y miles han presentado enfermedades de tipo respiratorio.

 

Afirmaron que "otros cientos de pequeños medianos y grandes agricultores han perdido la totalidad de sus cosechas y han sufrido la muerte de gran parte de sus animales y según estimaciones técnicas sólo en el periodo de tres años podrían recuperarse las plantaciones perdidas".
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Comisiones Unidas de Agricultura y Hacienda preparan conclusiones sobre los efectos de las inclemencias en la agricultura para la próxima semana.

Nuevos instrumentos bancarios permitirían ir en ayuda de los pequeños y medianos agricultores que no son beneficiarios de INDAP

Comisiones Unidas de Agricultura y Hacienda preparan conclusiones sobre los efectos de las inclemencias en la agricultura para la próxima semana.


 

  • Comisiones Unidas de Agricultura y Hacienda preparan conclusiones sobre los efectos de las inclemencias en la agricultura para la próxima semana.

 

Nuevos instrumentos bancarios que permitan ir en ayuda de los cientos de pequeños y medianos agricultores afectados por las últimas olas de frío y que no son beneficiarios de INDAP pidieron a las autoridades económicas y al gobierno, los senadores de las Comisiones Unidas de Agricultura y Hacienda en el marco del debate sobre las medidas adicionales para enfrentar los daños provocados por las últimas heladas.

 

La instancia escuchó las exposiciones del Ministerio de Agricultura, de los representantes de la Superintendente de Bancos, del Fondo de Garantía para las Pymes, y de la Sociedad Nacional de Agricultura.

 

El senador Juan Antonio Coloma, presidente de la instancia explicó que "la próxima semana tendremos que emitir un informe sobre el resultado del análisis de estas comisiones  y, en esta oportunidad, debatimos sobre la estructura de endeudamiento de  los pequeños y medianos agricultores que hoy día se han visto severamente afectados por las inclemencias climáticas".

 

Explicó que "se hicieron varias sugerencias y fórmulas alternativas para flexibilizar los créditos y ése es el escenario que necesitamos analizar. Queremos nuevos instrumentos en el mundo agricultura y, para ello tendremos que seguir trabajando con la Superintendencia de Bancos".

 

El parlamentario recalcó además que "otro de los puntos centrales de la discusión fue la profunda disconformidad que tenemos varios parlamentarios sobre varias de las políticas públicas que se siguen en Chile respecto de las declaraciones de catástrofe o asignaciones de recursos ante cambios climáticos".

 

El legislador precisó que "las últimas declaraciones de zona de catástrofe y emergencia que ha adoptado el Ejecutivo carecen de los elementos técnicos para poder determinar dicha condición y, por ello han quedado ajenos a estas medidas de emergencia vastos sectores entre la VII y IX Regiones que han sufrido terribles heladas".

 

Puntualizó que "a los ojos del Ministerio de Agricultura estas zonas no tienen derecho a asimilarse a lo ocurrido en otras regiones cuestión que obviamente daña a cientos de pequeños agricultores que han perdidos sus siembras por completo".

 

AGRICULTORES NO DEPENDIENTES DE INDAP

 

Por su parte, el senador Jorge Pizarro, propuso al Ejecutivo aplicar la ley de sismos o catástrofes a los agricultores que perdieron todo con las heladas y que no están contemplados en la Ley de INDAP. "Hoy día la mitad de los damnificados no están cubiertos por el instituto de Desarrollo Agropecuario, pero ellos necesitan ayuda en forma urgente".

 

El parlamentario explicó que "seguimos trabajando en una propuesta de más largo plazo para solucionar el tema de créditos y financiamiento, desde la agricultura familiar campesina hasta la mediana" .

 

La idea, agregó el legislador, es que "el Estado pueda llegar en forma directa y con todos los beneficios a todos los pequeños y medianos agricultores que hoy día no son beneficiarios de INDAP y que están relacionados con la banca privada, situación que significaría bonos por las heladas, crédito y financiamiento para la reposición de sus plantaciones".
 
El senador Pizarro precisó que "para esto se requiere que la Presidenta de la República, en uso de sus facultades emita un decreto donde se declare zona de catástrofe. De este modo se suspenden las normas que imposibilitan hoy día que INDAP entregue ayuda financiera a quienes no son sus usuarios".

 

 De igual manera, explicó que es necesario un decreto supremo para aplicar el artículo 16 de la ley 16.282, que permite ampliar los beneficiarios de las acciones de fomento del INDAP, que actualmente sólo establece instrumentos para el desarrollo de los pequeños agricultores vinculados a la institución.
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Implementarán fast track para la aprobación ambiental de proyectos de energía

Implementarán fast track para la aprobación ambiental de proyectos de energía

Comisión de Minería y Energía junto al Ejecutivo acordaron, en el marco de la tramitación del proyecto que soluciona los actuales vacíos legales que existen en el sector, estudiar nuevas fórmulas que superen los cuellos de botella para garantizar el suministro de energía eléctrica.

Senadores Ricardo Núñez y Jaime Orpis

Con el fin de introducir nuevas normas que permitan un fast track en materia ambiental para los proyectos energéticos y solucionar los casos de quiebras de empresas del rubro, la Comisión de Minería acordó con el Ejecutivo retirar la calificación de urgencia de discusión inmediata, es decir de 3 días para ser despachada por cada rama legislativa, al proyecto, en primer trámite, que soluciona diversos vacíos legales para garantizar el suministro eléctrico.

 

Así lo informó el senador Ricardo Núñez, presidente de la instancia que escuchó la exposición del ministro de Energía, Marcelo Tokman quien se mostró abierto a buscar un acuerdo con los senadores para perfeccionar esta iniciativa.

 

El parlamentario precisó que "dada la complejidad del proyecto particularmente con los temas relativos a la ley de quiebras y las indicaciones relativas a los temas medioambientales, la Comisión decidió consensuar con los equipos técnicos del Ejecutivo las modificaciones".

 

INDICACIONES

A su vez, el senador Jaime Orpis, integrante de la instancia, indicó que "todos los especialistas señalan que hay cuellos de botella para desarrollar proyectos energéticos en materia ambiental y, por eso presentamos un conjunto de indicaciones para hacer una suerte de vía rápida en materia de proyectos energéticos".

 

Expresó que las modificaciones apuntan a "acortar los plazos de estudio de impacto ambiental de 120 a 90 días; acotar la competencia de los servicios públicos que deben pronunciarse sobre los proyectos para que lo hagan sólo sobre las materias de su competencia".

 

Otra modificación consiste en hacer una tramitación paralela de los permisos de concesiones de obras hidráulicas o servidumbres y del estudio de impacto ambiental para que no exista retraso en los proyectos. Además, se precisa que "la Contraloría General de la República debe pronunciarse sólo sobre materias formales y velar por la legalidad de los proyectos y no sobre temas de fondo".

 

Por otra parte, la Comisión deberá definir cuál es la mejor solución ante un caso de quiebra de una empresa del rubro, porque no se sabe si se dejarán vigentes los contratos.
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viernes, agosto 10, 2007

DESERTIFICACION

nuevo blog en la red  desertificacion
 
Nos preocuparemos de este tema para dar iinicio a los estudios de la desertificacion en chile y poder instalar en nuestro desierto un polo espectacular de desarrollo tecnologico-agricola PARA COMPLEMENTAR LOS BIOCOMBUSTIBLES.
Allí podrán opinar, escribir de todas partes del mundo.
Los desiertos son nuestra preocupacion
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Terremoto blanco" azota a Chile ¿Calentamiento global?

Terremoto blanco" azota a Chile
 
agricultores millonarias perdidas, peligra
abastecimiento de alimentos
Andrea Henríquez
Andrea Henríquez
Santiago de Chile

Más de US$200 millones en pérdidas, 70.000 animales muertos, localidades bajo estado de emergencia agrícola o de catástrofe, y 8.000 productores damnificados son algunas de las consecuencias del "terremoto blanco" que durante las últimas semanas ha azotado a Chile.

Mandarinas chilenas dañadas por el frío
Las autoridades temen que las exportaciones de fruta se vean afectadas.
Según el ministro de Agricultura, Álvaro Rojas, "éste ha sido el invierno más severo de los últimos 50 años (...) de continuar las heladas durante agosto se verían afectadas las exportaciones de fruta".

La presidenta Michelle Bachelet encabezó en la tarde de este jueves una reunión ministerial extraordinaria para evaluar nuevas medidas de apoyo destinadas a las zonas afectadas.

Ocho de las 15 regiones del país han resultado fuertemente afectadas por nevadas y heladas y según informes meteorológicos las bajas temperaturas se mantendrán en los próximos días.

En el sector agrícola pronostican que habrá una nueva alza de precios de frutas y hortalizas. Hasta el momento, los cultivos de paltas o aguacates han resultado dañados en un 30%, y los de cítricos en alrededor de un 50%.

"Nos interesa reponer a la brevedad las estructuras productivas, porque de no ser así se transmiten los costos de producción a los consumidores y esto genera efectos macroeconómicos indeseables", señaló el ministro de Agricultura.

Rojas aconsejó a la ciudadanía elegir con mucha atención los productos de consumo y permanecer alerta frente a posibles especulaciones de precios.

Plan de contingencia

Un hombre camina sobre un puente sobre el helado río Mapuche en Santiago
Los pronósticos meteorológicos indican que la ola de frío se extenderá.
Hasta el momento, el gobierno ha declarado 96 localidades bajo emergencia agrícola y 24 en estado de catástrofe. No se descarta que estas cifras aumenten.

Rojas, quien evalúa en terreno la magnitud de los daños, ha señalado que las últimas nevazones se traducen en pérdidas de empleo y otros efectos negativos en las economías regionales y locales. A la vez, hizo un llamado a la calma y sostuvo que el Estado dará la ayuda necesaria a los productores.

El gobierno también ha dispuesto la distribución de forraje a los ganaderos, especialmente en el sector de la precordillera. En esta época los animales están en pleno período de parición y ya son miles los ovinos y caprinos que han muerto.

Bajo cero

En el sur del país continúa nevando intensamente y algunos sectores habitados permanecen aislados.

"Se está estableciendo la forma de llegar a esos poblados y atenderlos con frazadas, techos y con todo lo que sea necesario, para ayudarlos en esta emergencia", señaló el ministro del Interior, Belisario Velasco.

La nieve ha causado estragos en el sector agropecuario y ha llegado a sectores del país donde históricamente no nevaba. Sin embargo, el gobierno chileno espera que durante agosto las condiciones climáticas mejoren y se reviertan los efectos de la crisis.

Mientras tanto, los pronósticos meteorológicos indican que la ola de frío se extenderá al menos hasta el fin de semana, y en la zona central del país las temperaturas podrían llegar a un récord histórico de cinco grados bajo cero.

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LA SEGUNDA: Alertas energéticas y piloto automático

Eugenio Rivera
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Chile 21

El país enfrenta una preocupante vulnerabilidad en el campo energético. No hay gas para la producción eléctrica pese a que en los últimos 10 años las principales inversiones se hicieron en centrales de ciclo combinado; el suministro de gas natural residencial está amenazado, y la falta de previsión ha incrementado los costos a empresas y personas, y afectado el PIB. Los gobiernos de la Concertación han impulsado cambios legislativos, la producción de GNL a través de empresas públicas que reemplazarán a partir de 2010 el gas natural de Argentina y asegurado el suministro para el consumo residencial. Así, la intervención del Estado permite vislumbrar la solución de los problemas que enfrentamos.

Los principales medios de información demandan fortalecer esa intervención estatal, agilizando "el aparato público para que proporcione seguridad y eficiencia en este rubro" y que se aborde la transformación de "la plataforma energética del país para… generar un marco que facilite la inversión para sacar adelante variados proyectos de generación". Reconocen así que la estrategia del piloto automático debe ser corregida y se distancian de especialistas vinculados a la derecha que insisten en mantener de forma irrestricta la estrategia basada en el mero funcionamiento de mercados libres y competitivos, y en evitar que el Estado intervenga, pretendiendo lo que ellos llaman "planificar centralmente y en forma voluntarista nuestro desarrollo energético". La insistencia en mantener esta política sin modificaciones es la principal causa de los problemas que experimentamos.

Junto con perfeccionar continuamente el funcionamiento del sistema de precios, el Estado debe jugar un rol más activo. Debe buscar una política de integración física y energética que, sin esperar resultados fáciles y de corto plazo, apueste con más iniciativa en esta dirección. Se requiere una institucionalidad con visión de largo plazo capaz de identificar los riesgos y escenarios posibles y anticipar los acontecimientos, que disponga de instrumentos que le permitan intervenir oportunamente frente a amenazas y eliminar barreras de entrada. Se requieren instituciones que promuevan la investigación para la diversificación energética y una política de subsidios a las nuevas fuentes. Sobre esta base, el Estado debe poder convocar a la ciudadanía a discutir sobre las opciones de matriz energética de largo plazo desde el punto de vista de la seguridad, la economía de los recursos y el medio ambiente.

más información, pincha aquí:

http://blogs.lasegunda.com/segunda/archives/2007/08/alertas_energet.asp

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biocombustibles


Ante el impacto que la producción de



bioetanol está generando en el sector alimenticio, diversos organismos, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) o los productores del sector primario, han denunciado los efectos derivados de la fabricación de este producto. Al hilo de estas denuncias, la directora de la Oficina Española del Cambio Climático, María Teresa Ribera, solicita limitar la fabricación de este combustible, al que denomina como "una alternativa de transición hasta que se resuelva el problema de movilidad con otras fuentes energéticas".

El bioetanol, sustitutivo de la gasolina en la lucha de los fabricantes por reducir las emisiones de CO2 que producen el cambio climático, utiliza como materia prima diversos cereales, como el trigo, el maíz o la cebada.
La subvención que reciben los agricultores para fabricar bioetanol, está afectando a diversos sectores primarios. En un año, el precio de la cebada, el trigo y el maíz ha aumentado cerca del 40 por ciento. Esto repercute directamente en el precio de la carne, tanto de ave como de vacuno, y en el de sus productos derivados, puesto que la cebada y el trigo representan la principal fuente alimenticia del sector ganadero y apícola. Como consecuencia de la diversificación en la producción de estos cereales, les cuesta más caro a estos sectores obtenerlos. Esto ha influido directamente en los precios de sus productos. Un ejemplo de ello, lo encontramos en el sector avícola: los costes de producción de huevos han subido un 20 por ciento en 2007. Por su parte, el sector ganadero afirma que se ha visto obligado a subir, igualmente, el precio de la carne para hacer rentable la salida de sus productos.

Pero los más afectados por la carencia de cereales son los harineros y panaderos. En sólo un año, el pan ha subido un 6,1 por ciento y se prevé que siga aumentando. La producción de biocombustible ha supuesto un boom en la actualidad, ante el peligroso deterioro de nuestra atmósfera, pero el "remedio" está afectando notablemente a productos de necesidad básica como los alimentos.

La producción de bioetanol, amparada por la Ley de Hidrocarburos, prevé un incremento en su fabricación de un 50 por ciento en diez años. Por ello, las previsiones apuntan a que un 32 por ciento de la producción de cultivo de cereal se destine a la producción de éste.

Ante esta situación, María Teresa Ribera exige mucha cautela en la producción del biocombustible: "esta energía debe ser utilizada hasta un determinado porcentaje, teniendo siempre en cuenta la sostenibilidad de la materia prima que se use para su generación". Para ello, Rivera propone que el Ministerio de Industria fije un porcentaje de mezcla mínimo que garantice menores emisiones y, a su vez, se reduzca el impacto en otros sectores de primera necesidad. Por supuesto, expone que no se debe dejar de lado las investigaciones que permitan dar con nuevas fórmulas energéticas que precisen materias primas menos demandadas.

Saludos
Rodrigo González Fernández
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LEY 26.093 promoción a los biocombustibles Argentina

LEY 26.093Regímenes de promoción. Biocombustibles
Buenos Aires, 12 de mayo de 2006
B.O.: 15/5/06

Regímenes de promoción. Biocombustibles. Régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles. Mezclado de biocombustibles con combustibles fósiles. Sujetos beneficiarios del régimen promocional. Infracciones y sanciones.

CAPITULO I - Régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles

Art. 1 – Dispónese el siguiente "Régimen de promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles" en el territorio de la Nación Argentina, actividades que se regirán por la presente ley.

El régimen mencionado en el párrafo precedente tendrá una vigencia de quince años a partir de su aprobación.

El Poder Ejecutivo nacional podrá extender el plazo precedente computando los quince años de vigencia a partir de los términos establecidos en los arts. 7 y 8 de la presente ley.

Autoridad de aplicación

Art. 2 – La autoridad de aplicación de la presente ley será determinada por el Poder Ejecutivo nacional, conforme a las respectivas competencias dispuestas por la Ley 22.520 de Ministerios y sus normas reglamentarias y complementarias.

Comisión nacional asesora

Art. 3 – Créase la "Comisión nacional asesora para la promoción de la producción y uso sustentables de los biocombustibles", cuya función será la de asistir y asesorar a la autoridad de aplicación.

Dicha Comisión estará integrada por un representante de cada uno de los siguientes organismos nacionales: Secretaría de Energía, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Política Económica, Secretaría de Comercio, Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, y Administración Federal de Ingresos Públicos y todo otro organismo o instituciones públicas o privadas –incluidos los Consejos Federales con competencia en las áreas señaladas– que pueda asegurar el mejor cumplimiento de las funciones asignadas a la autoridad de aplicación y que se determine en la reglamentación de la presente ley.

Funciones de la autoridad de aplicación

Art. 4 – Serán funciones de la autoridad de aplicación:

a) Promover y controlar la producción y uso sustentables de biocombustibles.

b) Establecer las normas de calidad a las que deben ajustarse los biocombustibles.

c) Establecer los requisitos y condiciones necesarios para la habilitación de las plantas de producción y mezcla de biocombustibles, resolver sobre su calificación y aprobación, y certificar la fecha de su puesta en marcha.

d) Establecer los requisitos y criterios de selección para la presentación de los proyectos que tengan por objeto acogerse a los beneficios establecidos por la presente ley, resolver sobre su aprobación y fijar su duración.

e) Realizar auditorías e inspecciones a las plantas habilitadas para la producción de biocombustibles a fin de controlar su correcto funcionamiento y su ajuste a la normativa vigente.

f) Realizar auditorías e inspecciones a los beneficiarios del régimen de promoción establecido en esta ley, a fin de controlar su correcto funcionamiento, su ajuste a la normativa vigente y la permanencia de las condiciones establecidas para mantener los beneficios que se les haya otorgado.

g) También ejercitará las atribuciones que la Ley 17.319 especifica en su Tít. V, arts. 76 al 78.

h) Aplicar las sanciones que correspondan de acuerdo con la gravedad de las acciones penadas.

i) Solicitar con carácter de declaración jurada, las estimaciones de demanda de biocombustible previstas por las compañías que posean destilerías o refinerías de petróleo, fraccionadores y distribuidores mayoristas o minoristas de combustibles, obligados a utilizar los mismos, según lo previsto en los arts. 7 y 8.

j) Administrar los subsidios que eventualmente otorgue el Honorable Congreso de la Nación.

k) Determinar y modificar los porcentajes de participación de los biocombustibles en cortes con gasoil o nafta, en los términos de los arts. 7 y 8.

l) En su caso, determinar las cuotas de distribución de la oferta de biocombustibles, según lo previsto en el último párrafo del art. 14 de la presente ley.

m) Asumir las funciones de fiscalización que le corresponden en cumplimiento de la presente ley.

n) Determinar la tasa de fiscalización y control que anualmente pagarán los agentes alcanzados por esta ley, así como su metodología de pago y recaudación.

o) Crear y llevar actualizado un registro público de las plantas habilitadas para la producción y mezcla de biocombustibles, así como un detalle de aquellas a las cuales se les otorguen los beneficios promocionales establecidos en el presente régimen.

p) Firmar convenios de cooperación con distintos organismos públicos, privados, mixtos y organizaciones no gubernamentales.

q) Comunicar en tiempo y forma a la Administración Federal de Ingresos Públicos y a otros organismos del Poder Ejecutivo nacional que tengan competencia, las altas y bajas del registro al que se refiere el inc. o) del presente artículo, así como todo otro hecho o acontecimiento que revista la categoría de relevantes para el cumplimiento de las previsiones de esta ley.

r) Publicar periódicamente precios de referencia de los biocombustibles.

s) Ejercer toda otra atribución que surja de la reglamentación de la presente ley a los efectos de su mejor cumplimiento.

t) Publicar en la página de Internet el registro de las empresas beneficiarias del presente régimen, así como los montos de beneficio fiscal otorgados a cada empresa.

Definición de biocombustibles

Art. 5 – A los fines de la presente ley, se entiende por biocombustibles al bioetanol, biodiesel y biogás, que se produzcan a partir de materias primas de origen agropecuario, agroindustrial o desechos orgánicos, que cumplan los requisitos de calidad que establezca la autoridad de aplicación.

Habilitación de plantas productoras

Art. 6 – Sólo podrán producir biocombustibles las plantas habilitadas a dichos efectos por la autoridad de aplicación.

La habilitación correspondiente se otorgará, únicamente, a las plantas que cumplan con los requerimientos que establezca la autoridad de aplicación en cuanto a la calidad de biocombustibles y su producción sustentable, para lo cual deberá someter los diferentes proyectos presentados a un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que incluya el tratamiento de efluentes y la gestión de residuos.

Mezclado de biocombustibles con combustibles fósiles

Art. 7 – Establécese que todo combustible líquido caracterizado como gasoil o diesel oil –en los términos del art. 4 de la Ley 23.966, Tít. III, de impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural, t.o. en 1998 y sus modificaciones, o en el que pueda prever la legislación nacional que en el futuro lo reemplace– que se comercialice dentro del territorio nacional, deberá ser mezclado por aquellas instalaciones que hayan sido aprobadas por la autoridad de aplicación para el fin específico de realizar esta mezcla con la especie de biocombustible denominada "biodiesel", en un porcentaje del cinco por ciento (5%) como mínimo de este último, medido sobre la cantidad total del producto final. Esta obligación tendrá vigencia a partir del primer día del cuarto año calendario siguiente al de promulgación de la presente ley.

La autoridad de aplicación tendrá la atribución de aumentar el citado porcentaje, cuando lo considere conveniente en función de la evolución de las variables de mercado interno, o bien disminuir el mismo ante situaciones de escasez fehacientemente comprobadas.

Art. 8 – Establécese que todo combustible líquido caracterizado como nafta –en los términos del art. 4 de la Ley 23.966, Tít. III, de impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural, t.o. en 1998 y sus modificaciones, o en el que prevea la legislación nacional que en el futuro lo reemplace– que se comercialice dentro del territorio nacional, deberá ser mezclado por aquellas instalaciones que hayan sido aprobadas por la autoridad de aplicación para el fin específico de realizar esta mezcla, con la especie de biocombustible denominada "bioetanol", en un porcentaje del cinco por ciento (5%) como mínimo de este último, medido sobre la cantidad total del producto final. Esta obligación tendrá vigencia a partir del primer día del cuarto año calendario siguiente al de promulgación de la presente ley.

La autoridad de aplicación tendrá la atribución de aumentar el citado porcentaje, cuando lo considere conveniente en función de la evolución de las variables de mercado interno, o bien disminuir el mismo ante situaciones de escasez fehacientemente comprobadas.

Art. 9 – Aquellas instalaciones que hayan sido aprobadas por la autoridad de aplicación para el fin específico de realizar las mezclas, deberán adquirir los productos definidos en el art. 5, exclusivamente a las plantas habilitadas a ese efecto por la autoridad de aplicación. Asimismo deberán cumplir con lo establecido en el art. 15, inc. 4.

La violación de estas obligaciones dará lugar a las sanciones que establezca la referida autoridad de aplicación.

Art. 10 – La autoridad de aplicación establecerá los requisitos y condiciones para el autoconsumo, distribución y comercialización de biodiesel y bioetanol en estado puro (B100 y E100), así como de sus diferentes mezclas.

Art. 11 – El biocombustible gaseoso denominado biogás se utilizará en sistemas, líneas de transporte y distribución de acuerdo con lo que establezca la autoridad de aplicación.

Consumo de biocombustibles por el Estado nacional

Art. 12 – El Estado nacional, ya se trate de la administración central o de organismos descentralizados o autárquicos, así como también aquellos emprendimientos privados que se encuentren ubicados sobre las vías fluviales, lagos, lagunas, y en especial dentro de las jurisdicciones de parques nacionales o reservas ecológicas, deberán utilizar biodiesel o bioetanol, en los porcentajes que determine la autoridad de aplicación, y biogás sin corte o mezcla. Esta obligación tendrá vigencia a partir del primer día del cuarto año calendario siguiente al de promulgación de la presente ley, y su no cumplimiento por parte de los directores o responsables del área respectiva, dará lugar a las penalidades que establezca el Poder Ejecutivo nacional.

La autoridad de aplicación deberá tomar los recaudos necesarios para garantizar la provisión de dichos combustibles en cantidades suficientes y con flujo permanente.

CAPITULO II - Régimen promocional

Sujetos beneficiarios de la promoción

Art. 13 – Todos los proyectos de radicación de industrias de biocombustibles gozarán de los beneficios que se prevén en la presente ley, en tanto y en cuanto:

a) Se instalen en el territorio de la Nación Argentina.

b) Sean propiedad de sociedades comerciales, privadas, públicas o mixtas, o cooperativas, constituidas en la Argentina y habilitadas con exclusividad para el desarrollo de la actividad promocionada por esta ley, pudiendo integrar todas o algunas de las etapas industriales necesarias para la obtención de las materias primas renovables correspondientes.

La autoridad de aplicación establecerá los requisitos para que las mismas se encuadren en las previsiones del presente artículo.

c) Su capital social mayoritario sea aportado por el Estado nacional, por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Estados Provinciales, los Municipios o las personas físicas o jurídicas, dedicadas mayoritariamente a la producción agropecuaria, de acuerdo a los criterios que establezca el decreto reglamentario de la presente ley.

d) Estén en condiciones de producir biocombustibles cumpliendo las definiciones y normas de calidad establecidas y con todos los demás requisitos fijados por la autoridad de aplicación, previos a la aprobación del proyecto por parte de ésta y durante la vigencia del beneficio.

e) Hayan accedido al cupo fiscal establecido en el art. 14 de la presente ley y en las condiciones que disponga la reglamentación.

Art. 14 – El cupo fiscal total de los beneficios promocionales se fijará anualmente en la respectiva ley de Presupuesto para la Administración Nacional y será distribuido por el Poder Ejecutivo nacional, priorizando los proyectos en función de los siguientes criterios:

– Promoción de las pequeñas y medianas empresas.

– Promoción de productores agropecuarios.

– Promoción de las economías regionales.

Déjase establecido que a partir del segundo año de vigencia del presente régimen, se deberá incluir también en el cupo total, los que fueran otorgados en el año inmediato anterior y que resulten necesarios para la continuidad o finalización de los proyectos respectivos.

A los efectos de favorecer el desarrollo de las economías regionales, la autoridad de aplicación podrá establecer cuotas de distribución entre los distintos proyectos presentados por pequeñas y medianas empresas, aprobados según lo previsto en los arts. 6 y 13, con una concurrencia no inferior al veinte por ciento (20%) de la demanda total de biocombustibles generada por las destilerías, refinerías de petróleo o aquellas instalaciones que hayan sido debidamente aprobadas por la autoridad de aplicación para el fin específico de realizar la mezcla con derivados de petróleo previstas para un año.

Beneficios promocionales

Art. 15 – Los sujetos mencionados en el art. 13, que cumplan las condiciones establecidas en el art. 14, gozarán durante la vigencia establecida en el art. 1 de la presente ley de los siguientes beneficios promocionales:

1. En lo referente al impuesto al valor agregado y al impuesto a las ganancias, será de aplicación el tratamiento dispensado por la Ley 25.924 y sus normas reglamentarias, a la adquisición de bienes de capital o la realización de obras de infraestructura correspondientes al proyecto respectivo, por el tiempo de vigencia del presente régimen.

2. Los bienes afectados a los proyectos aprobados por la autoridad de aplicación, no integrarán la base de imposición del impuesto a la ganancia mínima presunta establecido por la Ley 25.063, o el que en el futuro lo complemente, modifique o sustituya, a partir de la fecha de aprobación del proyecto respectivo y hasta el tercer ejercicio cerrado, inclusive, con posterioridad a la fecha de puesta en marcha.

3. El biodiesel y el bioetanol producidos por los sujetos titulares de los proyectos aprobados por la autoridad de aplicación, para satisfacer las cantidades previstas en los arts. 7, 8 y 12 de la presente ley, no estarán alcanzados por la tasa de infraestructura hídrica establecida por el Dto. 1.381/01, por el impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural establecido en el Cap. I, Tít. III de la Ley 23.966, t.o. en 1998 y sus modificaciones, por el impuesto denominado "sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o sobre la importación de gasoil", establecido en la Ley 26.028, así como tampoco por los tributos que en el futuro puedan sustituir o complementar a los mismos.

4. La autoridad de aplicación garantizará que aquellas instalaciones que hayan sido aprobadas para el fin específico de realizar las mezclas, deberán adquirir los productos definidos en el art. 5 a los sujetos promovidos en esta ley hasta agotar su producción disponible a los precios que establezca la mencionada autoridad.

5. La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, promoverá aquellos cultivos destinados a la producción de biocombustibles que favorezcan la diversificación productiva del sector agropecuario. A tal fin, dicha Secretaría podrá elaborar programas específicos y prever los recursos presupuestarios correspondientes.

6. La Subsecretaría de Pequeña y Mediana Empresa promoverá la adquisición de bienes de capital por parte de las pequeñas y medianas empresas destinados a la producción de biocombustibles.

A tal fin elaborará programas específicos que contemplen el equilibrio regional y preverá los recursos presupuestarios correspondientes.

7. La Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva promoverá la investigación, cooperación y transferencia de tecnología, entre las pequeñas y medianas empresas y las instituciones pertinentes del Sistema Público Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. A tal fin elaborará programas específicos y preverá los recursos presupuestarios correspondientes.

Infracciones y sanciones

Art. 16 – El incumplimiento de las normas de la presente ley y de las disposiciones y resoluciones de la autoridad de aplicación, dará lugar a la aplicación por parte de ésta de algunas o todas las sanciones que se detallan a continuación:

1. Para las plantas habilitadas:

a) Inhabilitación para desarrollar dicha actividad.

b) Las multas que pudieran corresponder.

c) Inhabilitación para inscribirse nuevamente en el registro de productores.

2. Para los sujetos beneficiarios de los cupos otorgados conforme el art. 15:

a) Revocación de la inscripción en el registro de beneficiarios.

b) Revocación de los beneficios otorgados.

c) Pago de los tributos no ingresados, con más los intereses, multas y/o recargos que establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos.

d) Inhabilitación para inscribirse nuevamente en el registro de beneficiarios.

3. Para las instalaciones de mezcla a las que se refiere el art. 9:

a) Las multas que disponga la autoridad de aplicación.

b) Inhabilitación para desarrollar dicha actividad.

4. Para los sujetos mencionados en el art. 13:

a) Las multas que disponga la autoridad de aplicación.

Art. 17 – Todos los proyectos calificados y aprobados por la autoridad de aplicación serán alcanzados por los beneficios que prevén los mecanismos –sean derechos de reducción de emisiones; créditos de carbono y cualquier otro título de similares características– del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático de 1997, ratificado por Argentina mediante Ley 25.438 y los efectos que de la futura ley reglamentaria de los mecanismos de desarrollo limpio dimanen.

Art. 18 – Establécese que las penalidades con que pueden ser sancionadas las plantas habilitadas y las instalaciones de mezcla serán:

a) Las faltas muy graves, sancionables por la autoridad de aplicación con multas equivalentes al precio de venta al público de hasta cien mil litros de nafta súper.

b) Las faltas graves, sancionables por la autoridad de aplicación con multas equivalentes al precio de venta al público de hasta cincuenta mil (50.000) litros de nafta súper.

c) Las faltas leves sancionables por la autoridad de aplicación con multas equivalentes al precio de venta al público de hasta diez mil litros de nafta súper.

d) La reincidencia en infracciones por parte de un mismo operador dará lugar a la aplicación de sanciones sucesivas de mayor gravedad hasta su duplicación respecto de la anterior.

e) En el caso de reincidencia:

1. En una falta leve, se podrán aplicar las sanciones previstas para faltas graves.

2. En una falta grave, se podrán aplicar las sanciones previstas para faltas muy graves.

3. En una falta muy grave, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el pto. a) del presente artículo, la autoridad de aplicación podrá disponer la suspensión del infractor de los respectivos registros con inhabilitación para inscribirse nuevamente en el registro de productores.

Art. 19 – A los efectos de la actuación administrativa de la autoridad de aplicación, será de aplicación la Ley nacional de Procedimientos Administrativos y sus normas reglamentarias. Agotada la vía administrativa procederá el recurso en sede judicial directamente ante la Cámara Federal de Apelaciones con competencia en materia contencioso-administrativa con jurisdicción en el lugar del hecho. Los recursos que se interpongan contra la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley tendrán efecto devolutivo.

Art. 20 – Invítase a las Legislaturas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que adhieran al presente régimen sancionando leyes dentro de su jurisdicción que tengan un objeto principal similar al de la presente ley.

Nota:
Adhesión de la provincia de San Juan: Ley 7.715 (B.O.: 8/9/06 – S. Juan).
Adhesión de la provincia de Corrientes: Ley 5.744 (B.O.: 25/9/06 – Ctes.).
Adhesión de la provincia de Santa Fe: Ley 12.691 (B.O.: 19/12/06 – Sta. Fe).
Adhesión de la provincia de Jujuy: Ley 5.534 (B.O.: 24/11/06 – Jujuy).
Adhesión de la provincia de Santa Cruz: Ley 2.962 (B.O.: 12/4/07 – Sta. Cruz).
Adhesión de la provincia de Misiones: Ley 4.352 (B.O.: 24/4/07– Misiones).
Adhesión de la provincia de Córdoba: Ley 9.397 (B.O.: 29/6/07 – Cba.).

Art. 21 – De forma.

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calentamiento global

Climatología


El Calentamiento Global Está Evaporando los Estanques Articos
9 de Agosto de 2007.

Foto: Marianne DouglasLos estanques del Alto Ártico, la fuente más común de agua superficial en muchas regiones polares, están comenzando a evaporarse debido al cambio climático global, según dos destacados científicos medioambientales de Canadá.

Ésta es la alarmante conclusión del biólogo John Smol, profesor en la Queen's University y Director de Investigaciones sobre el Cambio Medioambiental, y Marianne Douglas, profesora de ciencias atmosféricas y de la tierra, y directora del Instituto Circumpolar Canadiense en la Universidad de Alberta.

Desde 1983, Smol y Douglas han estado tomando con regularidad muestras de la calidad del agua y la biología de aproximadamente 40 estanques en el Cabo Herschel, en la zona centro-este de la Isla de Ellesmere en el Ártico canadiense. Los ecosistemas polares como estos son muy sensibles a los efectos de los cambios climáticos y medioambientales. En muchos aspectos, son como los "canarios de los mineros" del planeta, y están mostrando las primeras señales de alarma.

Pese a todo, este nuevo descubrimiento de los investigadores canadienses ha dejado sorprendidos incluso a ellos mismos. En los años noventa, se alarmaron cuando empezaron a reconocer los síntomas de una tendencia hacia la disminución de niveles del agua, así como cambios en la química de ésta. Cuando llegaron para comenzar su trabajo de campo en julio del 2006 (el año más caluroso registrado hasta ahora para esa porción del Ártico), se encontraron con que algunos de los estanques que contuvieron masas de agua permanentes durante milenios, estaban secos, mientras que otros tenían drásticamente reducidos sus niveles de agua.


Al tiempo que supervisaban los estanques durante 24 años, los investigadores también han ido reconstruyendo las tendencias ecológicas durante los últimos milenios en algunos de los estanques, aplicando técnicas paleoecológicas. En un artículo publicado en la revista Science en 1994, demostraron que los estanques existieron durante milenios, pero que al comenzar el siglo XIX sufrieron marcados cambios ecológicos, que concuerdan con el calentamiento.

Mientras que algunos lagos subárticos han desaparecido en fechas recientes porque el permafrost que formaba una barrera básicamente impermeable se ha fundido, éste no es el caso aquí. En vez de eso, los estanques del Alto Ártico se están evaporando, por causa directa del calentamiento. Midiendo los cambios en la calidad de agua durante su ventana de muestreo de 24 años, han demostrado que la concentración de sales ha ido en aumento.

Lo observado por los investigadores en estos estanques es similar a una olla de sopa puesta a cocer a fuego lento. La sopa disminuirá lentamente su volumen y se hará más y más salada al evaporarse el agua y permanecer la sal. El mismo proceso está sucediendo con los estanques del Cabo Herschel. Los niveles de agua están disminuyendo con la evaporación debida al calentamiento, y las sales se han concentrado más en el agua restante.

Otro hallazgo perturbador fue la sequía de los humedales circundantes. En los años ochenta, varias zonas de su región de estudio se caracterizaban por los humedales saturados de agua. En el 2006, algunos de ellos se habían secado en una magnitud tal que podrían incendiarse fácilmente con el mero uso de un encendedor. "Las consecuencias ecológicas de transformar humedales como estos, haciéndolos pasar de ser sumideros de carbono a convertirse en potenciales fuentes de carbono, son aterradoras", alertan los autores del estudio.

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jueves, agosto 09, 2007

ACTUALIZA3-Inusual nevada cae en zona central y capital de Chile


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proyecto: Incentiva la investigación y desarrollo de los biocombustibles

 biocombustibles inciativa legal
 
N° Boletín:   5238-08 Título:   Incentiva la investigación y desarrollo de los biocombustibles. Fecha de Ingreso:   Miércoles 1 de Agosto, 2007 Iniciativa:   Moción Tipo de proyecto:   Proyecto de ley Cámara de origen:   Senado Urgencia actual:   Sin urgencia Etapa:   Primer trámite constitucional Subetapa:   Primer informe de Comisión de Minería y Energía
Saludos
Rodrigo González Fernández
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